Ponle tu firma a tu obra.

Conoce tus derechos como creador.

Un poema, una música, o una investigación, creaciones del espíritu que nos enriquecen y suman a nuestro acervo cultural. Obras que tienen un origen, el autor.
El autor, solo por el hecho de crearlas y estampar su nombre al final de la obra que ha nacido, goza de un titulo moral, su derecho como autor. Ahora bien, lo que nos ocupa aquí es qué puede hacer el o ella con lo que se ha creado?.
Sus atribuciones no solo se limitan a lo creativo o al disfrute de la obra artística, si no que como todo lo que el ser humano crea lo puede comercializar. Naciendo así, sus derechos patrimoniales, que le permitirán, donar, vender, ceder, licenciar la obra que ha creado.
Los derechos morales, acompañaran al autor durante toda su vida y mientras la obra permanezca viva en la memoria de quienes la invoquen, y los derechos patrimoniales hasta 70 años posteriores a la muerte de su creador, interviniendo aquí sus sucesores y otras obligaciones un tanto más complejas pero importantes de conocer.
Y cómo puede el creador, el escritor, musico, Artista Plástico, cineasta, entre otros proteger sus creaciones? cada obra al nacer debe ser estampada con la firma del autor, esta firma le otorga a su creador el derecho moral, ahora bien, es sumamente importante que también se protejan y definan los derechos patrimoniales. Para que esto sea posible es necesario que el autor registre su obra ante la Direccion Nacional de la Propiedad Intelectual en la Oficina de derechos de autor que, otorgará el certificado de registro con el cumplimiento del proceso de inscripción.
Y si, toca hablar de procesos; entonces, cuál es el procedimiento?
Si tenes una creación y queres tener esta protección lo que debes hacer es acudir a la DINAPI, y por medio de los formularios existentes solicitar el registro de tu obra, en principio podes hacerlo sin el acompañamiento de un profesional, pero si queres enfocarte en tus creaciones y dejar los procesos burocráticos a quienes estar acostumbrados a ellos, podes delegar esta gestión a un agente de la propiedad intelectual, el proceso demora aproximadamente unos 5 meses en culminar y te permitirá, participar de las sociedades de gestión colectiva, y disfrutar de las regalías de tus obras por medio de los derechos patrimoniales.
Proteger tu obra es importante, no solo porque te genera ingresos, si no además porque el plagio (acción desleal contra los derechos del autor o fácilmente explicado como copia ) existe y déjame decirte que es muy frecuente, por lo cual te conviene tener ambas protecciones para estar plenamente protegido.
Resulta interesante entender cómo es que la palabra plagio empezó a utilizarse (en el derecho romano) para calificar la acción de robar personas y cosas. En el siglo I d. C. se empieza a usar para referirse al robo de ideas; de hecho, se le atribuye al poeta Marcial1 el uso del término “plagiario” para hacer alusión, en la literatura, a la persona que le ha robado sus obras. El poeta Marcial escribió la siguiente frase en la que usó por vez primera dicha palabra:
“Te encomiendo, Quinciano, mis libritos. Si es que puedo llamar míos los que recita un poeta amigo tuyo. Si ellos se quejan de su dolorosa esclavitud, acude en su ayuda por entero. Y cuando aquél se proclame su dueño, di que son míos y que han sido liberados. Si lo dices bien alto tres o cuatro veces, harás que se avergüence el plagiario”.2
Desde el siglo I d. C. (con Marcial) comienza el estudio del plagio en el contexto del derecho de autor, pues hace referencia al robo de ideas y no al robo de cosas tangibles. En el siglo xix se decía que el plagio es “La máscara bajo la cual oculta su deformidad un ser repugnante y rastrero para poder figurar entre las gentes sin que estas hagan ascos a su fealdad y a sus miserias, o que el plagio constituye una falta literaria que entraña mayor inmoralidad, la más repugnante y la que debe considerarse como patente de incapacidad y símbolo de vergüenzas”.3
En la actualidad el plagio, en el contexto del derecho de autor, es un tema muy común, pero al mismo tiempo poco explorado. Hablar de plagio implica ubicarnos en el ámbito del arte y la literatura, pues son obras artísticas y literarias las que pueden ser sujetas de plagio, es decir, pueden ser copiadas, imitadas y robadas con el propósito de hacerlas pasar como propias.
Por ello ponle la firma a tus obras, y además de esa protección automatic, tomate el tiempo de protegerlas ante la DINAPI, o encomienda esta gestión a un agente.
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